Bandera de Costa Rica - Foto: Pixabay (Dominio Público)
Redacción ACI Prensa
6 de marzo de 2018 7:10 pm
El Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica (TSE), condenó a la Iglesia Católica y a la Federación Alianza Evangélica Costarricense por haber dado orientaciones pastorales con motivo de las elecciones presidenciales del 4 de febrero, y les ordenó “abstenerse de acciones” similares; esto cuando falta menos de un mes para la segunda vuelta electoral.
Este 5 de marzo el TSE favoreció en parte el recurso de amparo electoral que un ciudadano presentó contra ambas organizaciones religiosas por su comunicado conjunto del 18 de enero –donde daban orientaciones pastorales–, así como por la Marcha por la Vida y la Jornada de Oración.
El tribunal dio lugar a la denuncia contra el comunicado conjunto, pero la desestimó en los casos de la Marcha por la Vida y la Jornada de Oración.
Como se recuerda, el 24 de enero el TSE había publicado una medida cautelar contra ambas instituciones también por el comunicado conjunto.
En el comunicado del 18 de enero, ambas organizaciones religiosas invitaban a los fieles a “ejercer el sufragio meditando delante de Dios y de sus conciencias”, a reafirmar “el valor absoluto de la vida humana desde su concepción” y a proteger a la familia basada en el matrimonio entre un hombre y una mujer, “más allá de las imposiciones internacionales”, como la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a favor de las uniones homosexuales.
Sin embargo, el TSE interpretó que el comunicado de los obispos y líderes evangélicos “mezcla términos propios de la actividad político electoral y expresiones religiosas que, al conjugarse, representaron -por su connotación e impacto- una amenaza para el libre ejercicio del sufragio, tanto activo (derecho a elegir) como pasivo (derecho a ser electo)”.
Según los magistrados, “la difusión del Manifiesto Conjunto podría constituir una infracción a la prohibición de invocación de motivos religiosos en la propaganda política” y solicitó a la Inspección Electoral que “investigue preliminarmente los hechos”.
En su documento del 5 de marzo, el tribunal ordenó a la Iglesia Católica y a la Federación Alianza Evangélica a “abstenerse de acciones como las que dan lugar a la estimación del recurso de amparo resuelto” y las condenó al pago de costas, daños y perjuicios, que deberán ser definidos por un tribunal contencioso-administrativo.
Los obispos se pronuncian
En un comunicado emitido este 6 de marzo, la Conferencia Episcopal de Costa Rica (CECR) informó que la resolución del TSE está siendo “objeto de estudio por parte de nuestros asesores legales con el fin de comprender la trascendencia jurídica del razonamiento de los jueces electorales y decidir la mejor respuesta a dicha sentencia”.
Asimismo, la CECR reafirmó el derecho de los obispos de expresar su posición “en temas de interés nacional, en apego al artículo 28 de la Constitución Política en el extremo que el mismo Tribunal Supremo de Elecciones lo ha fijado”.
Es decir, que las organizaciones religiosas, como actores sociales y de acuerdo al principio de la libertad de culto “sí tienen la posibilidad” de tomar posición sobre los problemas del país, enseñar su doctrina social, “dar juicio moral, incluso, en materias referentes al orden público y otras de su interés”, entre otros.
“Consideramos en conciencia que nuestro actuar siempre se ha apegado al ordenamiento jurídico de nuestro país, y en este sentido rechazamos cualquier interpretación de nuestras acciones como un medio de conculcar las conciencias de nuestros conciudadanos en el ejercicio de su derecho al sufragio”, expresó el Episcopado.
Segunda vuelta electoral
La primera vuelta de las elecciones presidenciales de Costa Rica, celebrada el 2 de febrero, arrojó un estrecho resultado entre Carlos Alvarado, del gobernante Partido Acción Ciudadana, contra Fabricio Alvarado, político y músico cristiano miembro de Restauración Nacional, crítico del mal llamado “matrimonio” gay.
Fabricio Alvarado alcanzó el primer lugar con 24.91%; mientras que Carlos Alvarado llegó al 21.66%.
Ninguno de los dos alcanzó el 40% necesario para triunfar el 4 de febrero, por lo que se enfrentarán en una segunda vuelta programada para el 1 de abril de este año.
Fuente:
https://www.aciprensa.com/noticias/costa-rica-tribunal-condena-a-iglesia-y-evangelicos-por-opinar-sobre-temas-electorales-77685